RESUMEN
En la siguiente noticia laboral, se puede apreciar un caso de
producción de un abuso laboral que recae sobre las trabajadoras de la empresa
Limpiezas Lombide de Portugalete (Vizcaya), y el cual ha sido denunciado por el
sindicato CNT (Confederación Nacional del Trabajo). Dicha denuncia se basa en
el incumplimiento de la legislación en multitud de áreas, como ejemplo de ello
puede ser el hecho de que contratan a las trabajadoras por un número de horas
mucho menos de las que necesitan para realizar sus tareas, imponiéndolas unos
tiempos imposibles para realizar el trabajo que se les exige. Pero lo que más
les importa era el riesgo laboral que sufren.
CLAVES
JURÍDICAS LABORALES EN CUESTIÓN
A mi juicio, la clave jurídico-social fundamental de este
planteamiento reside en la importancia de los derechos laborales de los
trabajadores. Con la denuncia se pretende exigir el cumplimiento de las leyes
laborales vigentes, manifestadas en el Estatuto de los Trabajadores (en
especial en su artículo 4), en el convenio colectivo y demás legislación laboral.
VALORACIÓN PERSONAL
Me ha sorprendido la reacción de la empresa ante la notificación
de la denuncia impuesta por el sindicato ya citado. Su respuesta ha sido un
tanto inútil y con ella lo único que se pretendía era intentar taponar un poco
el abuso laboral al que se están sometiendo a las trabajadoras de la empresa de
limpieza. Por tanto, se han llevado a cabo una serie de medidas para la prevención
de riesgos laborales, pero eso no quita que se hayan suprimido la vulneración de
ciertos derechos laborales básicos. Pues a su vez con la medida de prevención de
riesgos laborales, la propia empresa ha incitado de forma paralela una serie de
amenazas que se cumplirán en el caso de que se sigan requiriendo el desempeño
de sus derechos laborales.
Como consecuencia, nos encontramos desgraciadamente ante uno
de los muchos casos de desequilibro laboral existente en las empresas de
nuestro país. Una vez más, a raíz del abuso de la facultad de poder como líder que
posee el empresario sobre sus trabajadoras, a las cuales les exige unas
jornadas de trabajo mínimas, pero como un rendimiento máximo. Aquí entra en
juego la intención del empresario de obtener una máxima producción a base de
los costes mínimos posibles.
No puedo finalizar sin antes hacer referencia a una de las
frases célebres del escritor y periodista Josep Pla i Casadevall: «El derecho del obrero no puede ser nunca el odio al capital; es la armonía,
la conciliación, el acercamiento común de uno y del otro».
AUTORÍA: CARMEN MONTES AGUILAR (DTB)
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