La siguiente noticia trata
sobre la redefinición de las condiciones del contrato de relevo por el
ministerio de industria. Dicha reforma hace que el contrato de relevo abra la
puerta a que trabajadores próximos a la jubilación se retiren parcialmente años
antes de llegar a la edad legal de jubilación. A cambio, la empresa puede
contratar a jóvenes con sueldos más bajos y, en ocasiones, con bonificaciones
en sus cotizaciones. Esta propuesta llega para la mejora de la competitividad del
sector y con ello poder seguir evolucionando en el sector.
La reducción de jornada podrá
llegar al 80% si la empresa contrata de forma indefinida a un relevista para
sustituir al jubilado parcial. De nuevo, esta condición es algo más laxa que la
prevista para el año próximo para servicios o actividades no vinculadas a
cadenas de producción, que se queda en el 75%. Además de estas condiciones,
Industria también fija un límite en las condiciones laborales del relevista: el
sueldo. Las mismas fuentes explican que la base de cotización del nuevo
trabajador deberá ser, al menos, el 65% de la base reguladora del jubilado. En plata:
el sueldo del joven no podrá ser más de un 35% inferior a la referencia última
que se toma para calcular la pensión del retirado.
Claves jurídicas
- bonificaciones en sus cotizaciones
- contrato de relevo
- sueldos más bajos
Valoración personal
Desde mi punto de vista, este ajuste del contrato de relevo va a tener éxito, ya que las personas desempleadas jóvenes que aun no han accedido al mundo laboral tienen aquí una oportunidad que converge con una eficacia para la economía, ya que esta se vera incrementada debido a la inserción de personal joven a bajos salarios, haciendo que los productos sean mas competitivos que antes.
Esto creará un crecimiento en el PIB a la vez que eliminara un porcentaje alto en el paro juvenil.
Alvaro Lendinez Castillo AYTA
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