RESUMEN
Los trabajadores autónomos con discapacidad sobrevenida que adquieran una discapacidad por accidente, enfermedad u otra circunstancia, podrán acogerse, si se mantienen en la actividad laboral, a las reducciones y bonificaciones previstas para los trabajadores autónomos con discapacidad inicial que se dan de alta en el Régimen Especial del Trabajo Autónomo con una discapacidad en grado igual o superior al 33%. Así ha quedado establecido en el acuerdo alcanzado entre las organizaciones más representativas del trabajo autónomo y el Gobierno, a través del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, según informó el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI).
De esta manera empieza a materializar, una demanda sostenida planteada desde el CERMI, la cual reclamaba la extensión del marco de incentivos a todos los autónomos con discapacidad, con independencia del momento de aparición de la discapacidad, ya fuera inicial, antes de darse de alta, como ocurría hasta ahora, o sobrevenida, siendo ya autónomos.
Con esta medida, se favorece el mantenimiento en el empleo de los trabajadores autónomos que adquieren una discapacidad desempeñando una actividad laboral, que estaban excluidos del acceso a las reducciones y beneficios para los autónomos con discapacidad inicial.
OPINIÓN PERSONAL:
Si para un trabajador por cuenta ajena ya es difícil enfrentarse a una discapacidad sobrevenida, el caso de un trabajador autónomo se multiplica por dos. En estos casos, es bastante complicado, por no decir, imposible, mantener un empleo y por ello, al igual que se le daban incentivos y bonificaciones a los empresarios por cuenta ajena por tener a estos trabajadores, veo más que justo que el CERMI haya luchado por los autónomos con discapacidad sobrevenida.
Ana Isabel Entrena Arjona (AYTA)
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