martes, 7 de noviembre de 2017


Sindicatos y huelgas políticas ilegales en el ‘procés’


ENLACEhttps://elpais.com/economia/2017/11/06/actualidad/1509994409_449373.html

RESUMEN


Los actores políticos del "procés" han querido presionar a los sindicatos para que convoquen huelgas. Entre estos sindicatos encontramos a los representativos en Cataluña que son CC OO y UGT, que a pesar de la presión han conseguido elaborar un discurso propio. A resultas del fracaso del intento de que lo hiciesen los sindicatos representativos, los actores del procés buscaron un sucedáneo para que convocase las huelgas en el momento que les interesase. Ateniéndonos a las conductas de sus protagonistas y a su contexto, no cabe la menor duda de que la última de las huelgas convocadas por un sindicato minoritario en Cataluña, más allá de las apariencias, exhibe un objetivo exclusivamente político que, como tal, no sólo vulnera la legalidad vigente aquí, sino que sería considerada ilegal por cualquier legislación en Europa.

VALORACIÓN JURÍDICA: 

Esta claro que aquí los actores políticos están utilizando su valor de sindicato minoritario para convocar huelgas. Por ello los sindicatos representativos no entran en el juego de convocar huelgas cuando realmente no hay motivos para ello. Como bien dice la noticia los motivos por lo que convoca la huelga el sindicato minoritario es para protestar frente a una reforma laboral que se adoptó hace ya más de cinco años, contra unas sentencias del Tribunal Constitucional, contra leyes sociales catalanas indeterminadas y contra la autorización del Gobierno de cambio de sede social de empresas fuera de Cataluña, sin explicar por qué se hace ahora cuando ya se ha reducido la sangría y no cuando se produjo su aplicación en masa. Se puede observar claramente como intentan evitar actuaciones judiciales a través de una legalidad formal. 

VALORACIÓN PERSONAL:

Creo que estas huelgas, que a mi parecer son ilegales, representan una estrecha relación con la actual situación por la que está pasando Cataluña. La huelga es incitada por parte de actores no sindicales; un sindicato convocante casi desconocido, ausente de efectiva implantación; convocatorias, suspensiones y desconvocatorias coincidentes con precisos acontecimientos políticos, sin explicar las razones de tales cambios; huelga de ámbito catalán cuando los motivos oficiales afectan a todo el territorio español; oposición de otros sindicatos realmente representativos que pueden compartir los motivos oficiales pero no los reales. Debería matizarse que ilegalidad no implica conducta delictiva y que sólo quienes participen activamente en la misma podrán ser despedidos; pero que tal huelga es ilegal resulta a todas luces indiscutible.


AUTORÍA: JUANA PONCE LANZAS (DTB)

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