miércoles, 1 de noviembre de 2017


Sólo el 4% de las pymes da formación digital a sus plantillas.

Resumen.

Las empresas españolas no avanzan en el sendero virtual actual. Esto es dicho por UGT, donde solo el 14% de las PYMES tienen un plan de digitalización, y solo el 4% imparte formación a sus empleados, sobre ello.
No siendo alarmantes los anteriores datos, sino que incluso aparece un dato más que hace más intolerable dicho estado de las PYMES españolas, donde no solo, no imparte formación, sino que los trabajadores con habilidades en TIC  ha descendido.
UGT señala que se deben formar a dichos trabajadores en La tecnología de la información y la comunicación, pues la mera inversión en aparatos tecnológicos, no desacelerará el problema.

Claves jurídico laborales.

La sociedad debe adaptarse a los nuevos cambios que se producen en la actualidad, dando lugar a una nueva forma de entender el trabajo, como en épocas anteriores, donde el derecho del trabajo, a lo largo del tiempo ha pasado distintas etapas y para poder llegar a la etapa en la que vivimos, la sociedad ha pasado de forma brusca a como la entendemos ahora, pero esto puede ser evitado, sino se daría lugar a una precariedad en el trabajo, habiendo dos tipos de reacción ante ella:
            -La organización proletaria: es espontánea y surge por el cooperativismo. Se constituyen organizaciones propias (Ej. Partidos políticos, sindicatos,…). Se empiezan a organizar y a asociarse para intentar revertir y cambiar la situación. La organización tiene una serie de fases: tolerancia (las autoridades públicas toleran o permiten la situación generada); prohibición de encarcelamiento en prisiones; promoción a través del art 7 CE (reconociendo a los sindicatos y financiándolos); subvención pública y un fruto de acuerdos producidos con tal organización, los cuales tienen eficacia general con relevancia jurídica. Por tanto, tienen relevancia constitucional, económica y normativa (jurídica).
            -Espontánea: mutualidad, mutualidad: asociación para socorrer accidentes de trabajo.
            -Cooperativa: art. 2 de la Ley de cooperativa.
            -Fases: prohibición de asociaciones, promoción de los sindicatos (reconociendo y dando valor jurídico a lo que hacen los sindicatos).
            -Intervención estatal: mediante leyes o por medio de las organizaciones. Hay una fase represiva (situación que reinaba en ese momento con precariedad laboral) y otra paternalista (conciencia de cambio de tal situación). Entre otros, se crea el Instituto de Trabajo.

Valoración personal.

Concluyendo que la actualización en materia tecnológica es muy importante, ya que es reclamada por el mundo actual y no dándose esas condiciones en los trabajadores, estos acabarán trabajando en un trabajo precario, pudiendo incluso perderlo, por lo que es fundamental la actualización tecnológica de la empresa  y la formación en ello por parte de los trabajadores, en esta.

LIDIA DELGADO MARTOS. DTA.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

DERECHO DEL ADQUIRENTE DE BUENA FE DE LA VIVIENDA ARRENDADA A DAR POR FINALIZADO EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO ENLACE: http://noticias....