RESUMEN:
Un empleado demandó ante la
audiencia de oporto que había trabajado más de 7 días consecutivos y solicitó
una indemnización por las horas extraordinarias trabajadas.
El TJUE ha sentenciado que puede
trabajar hasta 12 días, cuando se cumplan las normas de descanso y duración
máxima de trabajo semanal. Establece que: ‘la Directiva 2003/88/CE del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, permite “cierta
flexibilidad” a la hora de aplicar sus disposiciones, confiere a los Estados
miembros y a los interlocutores sociales cierto “margen de maniobra” para
determinar el momento en el que debe concederse ese período mínimo.
CLAVES JURÍDICO LABORALES EN
CUESTIÓN:
Se cuestiona si una persona debe
tener descanso cada semana pero según el TJUE mientras que se cumpla la duración
máxima semanal. En el Estatuto de los trabajadores en su artículo 37 se
establece que; Los trabajadores tendrán derecho a un descanso mínimo semanal,
acumulable por períodos de hasta catorce días, de día y medio ininterrumpido
que, como regla general, comprenderá la tarde del sábado o, en su caso, la
mañana del lunes y el día completo del domingo.
VALORACIÓN PERSONAL:
Opino que una persona después de
las horas máximas de trabajo que vienen establecidas en su contrato, se le debe
dar días de descanso. Porque trabajar
durante muchas horas seguidas le podría ocasionar problemas de salud.
María Valiente Collado. DTB.
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