martes, 31 de octubre de 2017

Los bajos salarios de los contratos en prácticas.

 

ENLACE:       http://www.elmundo.es/comunidad-valenciana/alicante/2017/10/31/59f77263268e3e85308b45b5.html

RESUMEN:    

CCOO presenta 2 denuncias ante la inspección provincial de Trabajo y Seguridad Social por los contratos en prácticas y de obras y servicios del Ayuntamiento de  Alicante. El Ayuntamiento incorporó a más de 170 personas menores de 30 años en el marco del Plan de Garantía Juvenil. CCOO pidió una copia de los contratos siendo denegada la petición, por lo que CCOO dice que es un incumplimiento del Estatuto de los Trabajadores al derecho a la información de sus representados. 

Ante la situación se ha presentado ambas denuncias ante trabajo que abarcan tema salarial, incumplimiento en materia de vestuario, formación e información en materia preventiva, así como la ocultación de información en los contratos firmados.

Claves Jurídico-Sociales de la noticia: 

El epicentro de la clave jurídico-social gira entorno al contrato en prácticas que viene reflejado en el art.11.1 del Estatuto de los Trabajadores. 
Este tipo de contrato establece que podrá concertarse con quien estuviese en posesión de un título universitario o de FP o títulos equivalentes y oficialmente reconocidos, dentro de los 5 años siguientes a su terminación, o 7 cuando el contrato se  concierte con un trabajador con discapacidad. 
Además se dice que la retribución estará expresada en el convenio colectivo y que no deberá de ser menor del 60% y ni del 75% en el segundo año de vigencia del contrato.
Se incumple por tanto este precepto del Estatuto de los Trabajadores, por lo que los trabajadores pueden reclamar las percepciones salariales.

Valoración personal:

En esta época histórica pos-crisis que nos ha tocado vivir, el incumplimiento en el pago salarial está a la orden del día. Socialmente en algunos ámbitos está más o menos aceptada y se dice la típica frase "mejor esto que nada". Es verdad que los salarios en todos los sectores han sufrido reducciones, bajadas etcétera, pero no debemos caer en el pensamiento en que sino me quejo y me callo el jefe me contratará después del contrato en prácticas. Se debe perseguir con más ahínco este tipo de fraudes por parte de la inspección de Trabajo y los trabajadores deben perder ese miedo y pedir lo que les pertenece por derecho. 

Autoría: Jacinto Malpica Beltrán (DTB)

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